EL CABRON DE LOS NUESTROS, DE ESTADOS UNIDOS Y DE LA UNIÓN EUROPEA, VAMOS DE OCCIDENTE.
Se nos vende, como una monarquía parlamentaria, vamos del estilo de España, aunque la comparación es un verdadero insulto a la inteligencia más limitada. Por empezar por algún lado, que no sea la brutalidad diaria del Aparato del Estado de Marruecos hacia su población, donde se encarcela de la forma más arbitraria posible, y donde las cárceles están abarrotadas de gente inocente que se pudre entre la humedad de su cemento frío y los roedores que las habitan trasmitiendo todo tipo de infecciones. Voy hacerlo por su constitución, constitución con un espíritu que le insufló un ilustre francés, nada más y nada menos que Maurice Duverger, doctor en derecho constitucional, ya fallecido, cuyos manuales, se estudian aún hoy día en muchas universidades europeas especialmente en derecho constitucional comparado. Nunca dejará de asombrarme el artículo 175 de la Constitución de Marruecos que sostiene expresamente lo que sigue, en relación a la reforma de la Constitución "Ninguna revisión puede afectar a las disposiciones relativas a la religión musulmana, la forma monárquica del Estado, la opción de la nación a favor de la democracia o el acervo en materia de libertades y derechos inscritos en la presente Constitución".
Y me llama la atención por varios motivos, el primero de todos, es que la monarquía no puede ser abolida a través de una reforma constitucional, ni la religión tampoco, y me pregunto yo, si una comunidad de ciudadanos y ciudadanas de una época determinada, por ejemplo de 1900, puede poner límites a las generaciones futuras, por ejemplo del año 2020, de como llevar sus asuntos, particulares y de Estado, esto es bien propio de dictaduras, o de monarquías parlamentarias de papel mojado, como es la de Marruecos, existen realmente en Derecho comparado, y se las llama constituciones meramente formales, papel blanco escrito propio de usar y tirar después de limpiarse uno el culo con él. No creo, que tal ilustre profesor francés fuera ignorante, pues sabía muy bien lo que significaba una dictadura, una de sus obras habla sobre ello de forma exclusiva, sino que más bien entendió que a un pueblo difícil de someter o indomable, solo sería sometido por la brutalidad de sus semejantes, en este caso de un tirano de casa propia, que bien podría ser el tirano o criminal de turno que supiese imponer su ordeno y mando en una amplia extensión del territorio bajo dominio francés o español. Bien como veis, se quiso dejar bien atada a la monarquía aunque sea criminal, cuando lo que consiguen realmente con dicho texto legal, es algo realmente no deseado bajo ningún concepto, vía abierta hacia la REVOLUCION más salvaje, sencillamente, porque llegado el caso, de pretenderse por la población la abolición de la monarquía, no hay mecanismo pacífico para su supresión. La constitución actual de Marruecos no solo lo impide a las generaciones del siglo pasado, sino a las generaciones presentes y futuras. Bien podría denominarse esta constitución, CONSTITUCIÓN PERPETUA, un nuevo tipo de constitución inexistente entre las clases de constituciones conocidas.
El otro asunto, legislado a perpetuidad en la Constitución de Marruecos, es el tema de la religión musulmana. Vaya por delante, que soy partidario de suprimir toda religión de los textos políticos y mundanos, pues las cuestiones religiosas no son de este mundo, sino de un mundo distinto al que vivimos habitualmente, y es por ello que considero la mejor opción , la de dejarla única y exclusivamente a la esfera privada e íntima de cada individuo. Pues bien con este tema, no solo, nos encontramos que se legisla a perpetuidad, sino que además tambien de forma exclusiva por el Estado, prohibiendo al mismo tiempo, que los partidos políticos puedan fundarse sobre una base religiosa, (artículo 7 párrafo 4º Constitución de Marruecos.), es decir, solo yo que soy el Estado puedo fundarme en la religión musulmana, y no dejo a nadie más que se pueda fundar en ninguna otra religión. Cabe añadir, respecto de la religión musulmana, que toda ella esta contenida en un libro sagrado llamado Corhan, tambien en la Sunna y los Hadices, ocurre, sin embargo, que la interpretación que hacen todos los musulmanes de estos documentos y dichos, no es en modo alguno uniforme y homogéneo, sino que en muchas ocasiones totalmente diferente, de allí, que la interpretación del Islam en Irán, sea una, en Arabia Saudita sea otra, en Tunez sea otra, y en Marruecos es la interpretación que le de el auto proclamado descendiente del Profeta, Mohmed VI. Es por todo esto que explico, que considero de vital importancia para el bienestar de Marruecos, que se supriman estos dos elementos de la Constitución de Marruecos, la Monarquía y la religión. Y ya que no se permite su abolición por vías pacíficas que lo sea por medio de la Revolución tan salvaje como lo es la actual tiranía con sus propios ciudadanos con el beneplácito de la Unión Europea y Estados Unidos.
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